En la reunión de la representación
laboral y la dirección de BMN, firmantes del Acuerdo Laboral de 28/mayo, se han
tratado los siguientes temas:
1.- Desarrollo de los diferentes programas del ERE a fecha 2/09:
(Se adjunta
documento remitido por la Dirección)
Terminados los
diferentes periodos voluntarios de adscripción a los programas del acuerdo, se
han recibido 815 solicitudes, distribuidas de la siguiente manera:
Andalucía: 375 Baleares: 243 Cataluña: 41 Levante: 125 Madrid: 31
Al día de hoy han sido ejecutadas
654 extinciones/suspensiones:
Andalucía: 277 Baleares: 180 Cataluña: 6 Levante: 190 Madrid: 1
Las solicitudes
voluntarias pendientes de ejecutar se llevarán a cabo en el transcurso del
presente mes de septiembre, a excepción de Madrid y Cataluña.
Igualmente, se iniciarán
en el transcurso del mes de septiembre las asignaciones de medidas forzosas
hasta cubrir los cupos aprobados en el Acuerdo Laboral, salvo las
desvinculaciones de mutuo acuerdo respetando los calendarios acordados (a
partir del 1 de enero de 2014) hasta alcanzar, en el periodo de vigencia del
acuerdo laboral 2013-2017, las siguientes cifras globales (todos los programas):
* Andalucía: 823 Baleares: 510 Cataluña: 77 Levante: 521 Madrid: 94
* En estas
cifras están incluidos los ciclos rotativos de suspensión de 9 meses y las
solicitudes voluntarias previas que
hubiera en cada uno de los periodos establecidos para ello.
2.- Resoluciones del SEPE ante las
reducciones de jornada presentadas.
La dirección de BMN
solicitará a la Administración información sobre las resoluciones del SEPE en
los casos en los que esta considere que los días semanales dejados de trabajar
son suspensión de contrato en vez de reducción de jornada, ante la reclamación
efectuada por la representación sindical presente en la Comisión.
3.- Aprobación de la siguiente Fe de Erratas del Acuerdo y Acta
de 6 de junio:
1. Extinciones de Mutuo
Acuerdo: En el apartado de
criterios de asignación de las plazas solicitadas en base a las solicitudes
recibidas, debe incorporarse como una de las reglas del mismo la siguiente:
“Para los nacidos entre 1958 y 1963, ambos inclusive, que se acojan a esta
medida, tendrán como fecha máxima de su extinción el 31/12/2014”
2.
Capítulo IV. Cuarta. Excedencias: Añadir
que: “El número de adhesiones voluntarias que reste hasta alcanzar el
cupo de 50 excedencias, se resolverá aplicando el 50% a programas de
flexibilidad (suspensiones y reducción de jornada) y el 50% a bajas
indemnizadas, en los términos del presente Acuerdo”
3.
Anexo II. c) Criterios de exclusión para
las bajas forzosas.
Donde dice “Quienes tengan hijos que padezcan una discapacidad igual o superior
al 33% acreditada antes del 28 de mayo de 2013” , debe
decir: “Quienes tengan hijos que padezcan una discapacidad igual o
superior al 33% acreditada”
4.- Oferta del Seguro de Salud para la plantilla de BMN
BMN presentará mañana al
conjunto de la plantilla la oferta aprobada por la Dirección con las siguientes
particularidades:
·
La participación de BMN en el coste del seguro disminuirá las
primas fijadas
· BMN será Tomador del seguro y las primas tendrán consideración
de retribución flexible.
Esta oferta y las
tarifas conseguidas han competido con otras ofertas que la representación
sindical firmante del Acuerdo negociaba en caso de la no participación del
banco en esta cobertura sanitaria.
5.- Por último, la representación
sindical ha solicitado la entrega de la relación de personas incluidas en los
diferentes programas, con la finalidad de hacer el seguimiento de posibles
exclusiones injustificadas.
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