UGT BMN ILLES BALEARS: octubre 2013

jueves, 24 de octubre de 2013

CÓDIGO DE CONDUCTA "MADE IN BMN"

Otra gran aportación de BMN para favorecer la estabilidad de sus trabajadores.
Su último “gran invento”, un nuevo código de conducta impuesto de manera unilateral y exclusivamente aprobado por el consejo de administración de la empresa. Además, como no podía ser menos, en la misma circular donde lo publican, ellos mismos, ya se apuntan el primer incumplimiento de su propio código.
Como decimos, en la misma publicación nos habla de que no se permitirá intimidación, humillación, violencia o acoso, pero a la vez aprovechan para “informarnos” sobre la obligatoriedad de la adhesión para todos los empleados. Desde esta sección sindical, nos preguntamos, ¿no es esta obligatoriedad una tipo de intimidación para que todos los empleados lo firmen incondicionalmente? También se detalla que la “relación con los colaboradores habrá de estar presidida por el respeto mutuo”.
En este sentido podemos afirmar, sin miedo a equivocarnos, que la relación interpersonal basada en el respeto mutuo va actualmente ligada al grado de cumplimiento de los objetivos, es decir, un empleado es tratado con tanto respeto como tantas ventas realice. Tenemos infinidad de casos de “falta de respeto”, todos casualmente sobre empleados que, en mayor o menor grado, no han cumplido con sus objetivos comerciales. En cualquier caso, nos produce escalofríos lo que esta empresa pueda entender por “respeto” viendo el trato que actualmente dispensa.
Probablemente tendrían que empezar por inculcarse ellos mismos dicho manual, antes de solicitar a los empleados la conformidad del mismo.
Nos indican que debemos tener especial cuidado a la hora de ofrecer los productos y servicios a los clientes, únicamente los que se adecúen a sus características o a su perfil. Por otro lado, la realidad del día a día es totalmente opuesta; a la red comercial se le exige la colocación de productos “sí o sí”, sea quien sea el contratante.
En estos casos, la firma del código de conducta puede ser el documento que exima a la empresa de toda responsabilidad en el hipotético caso de una demanda de un cliente contra un empleado por haberle vendido un producto inadecuado, situación que se viene repitiendo recientemente en el sector con el tema de las participaciones preferentes, entre otros. Tan sencillo como que desde la entrada en vigor del código de conducta, la empresa deja de tener responsabilidad sobre el empleado que hace la venta. Cada empleado responde individualmente de una venta no adecuada.
En definitiva, este código choca frontalmente con la práctica totalidad del trabajo diario real de los trabajadores de esta empresa. Por ello, nos unimos a la queja formulada con anterioridad por CCOO y UOB, solicitando a la entidad la no aplicación de dicho código de conducta, instando a la realización de uno nuevo consensuado con la representación laboral.
Además, también queremos recordar que nuestro régimen disciplinario ya se encuentra regulado por ley y por el convenio colectivo.


Palma, 16 de octubre de 2013

BMN NO CUMPLE

En los últimos días hemos podido comprobar, nuevamente, lo que entiende la Entidad por cumplir con los objetivos y con su plantilla. La misma Entidad que continuamente está exigiendo el cumplimiento incondicional de unas campañas que afectan prácticamente a la totalidad de productos que comercializa, sirviéndose de una extenuante y continua presión sobre los empleados.
Nos parece irónico, cuando menos, que el único objetivo que se había marcado de cara a la plantilla lo hayan incumplido.
Recapitulemos: Cuando se firmó el acuerdo, ratificado y subsanado de errores el pasado día 6 de junio, se contemplaban una serie de medidas voluntarias. En la Comisión de Seguimiento, reunida el pasado 3 de septiembre, la empresa se comprometió a ejecutar las solicitudes de las diferentes medidas en el transcurso del mes de septiembre, a excepción de las bajas de mutuo acuerdo que seguirían el calendario acordado. Pues bien, a día de hoy, muchos de los empleados que decidieron hacer el esfuerzo de acogerse a alguna de estas medidas todavía no saben absolutamente nada de su petición. ¿Cómo es posible que una entidad que exige a sus trabajadores tal grado de cumplimiento de objetivos, no sea capaz de dar ejemplo cumpliendo con el que ellos mismos se han planteado?
¿Siguen sin darse cuenta de que para que funcione bien la Entidad se necesita tener una estabilidad y que los responsables de área, zonas, oficinas, etc. sepan con que plantilla podrán contar para hacer frente a su trabajo y así poder conseguir una mejor organización del mismo?
Exigimos a la entidad el mismo grado de compromiso que exige a sus empleados y, para este caso en particular, una mayor responsabilidad en los plazos marcados para que así todos podamos realizar nuestro trabajo de la mejor manera posible.
No contenta con este nuevo incumplimiento, la empresa ha decidido en los últimos días volver a atacar a su plantilla con otra respuesta inversamente proporcional a la implicación que demuestran sus empleados. De nuevo, sigue obviando el hecho de que el eje de flotación de esta nave está sustentado por aquellos a los que no sólo no cuida, si no que directamente maltrata a la menor oportunidad. En este caso, han decido descontar la parte proporcional de los días de huelga, en la ayuda de guardería y de formación de los hijos. Ellos mismos se contradicen a la hora de pagar ya que, a conveniencia, utilizan el argumento de que ésta es una ayuda para los descendientes, y no para los empleados, por lo que en el caso de que los dos progenitores formen parte de la plantilla, sólo se le pagará a uno de ellos. Por tanto, siguiendo su razonamiento, ¿cómo es posible que este ingreso se vea disminuido por el hecho de que al menos uno de los padres haya ejercido su derecho a la huelga?
En cualquier caso, tenemos pocas dudas en cuanto a la ilegalidad de este recorte practicado sobre estos conceptos por su condición de extra salariales, por lo que ya hemos instado a BMN a restituir el importe descontado.* Es cierto que no son cantidades importantes, pero dado el esfuerzo “adicional” que viene realizando gran parte de la plantilla, que supera holgadamente lo que son sus obligaciones contractuales, entendemos que es inadmisible aceptar el descuento injustificado de un solo céntimo de euro a quien, en muchos casos, viene regalando (y no por voluntad propia) 100, 200 o 1000€ mensuales en “horas extra” no remuneradas.
Ya no es el descuento del importe en sí, sino la crispación que provocan estos 2, 3 o 4 euros de descuento a quien, reiteramos, cada mes le “entrega” a la empresa 200, 300 o 400 euros de horas de trabajo sin recibir nada a cambio.
Si alguna vez los empleados de BMN llegan a ser tan escrupulosos en cuanto a cumplir con lo que “estrictamente” se les exige por contrato, como lo es la empresa a la hora de remunerarlos, BMN tendrá un serio problema.
Y por si no tuviéramos suficiente con la actitud de la Entidad hacia la plantilla, parece ser que existen presiones, ya no solo por parte de los directores de zona, sino también de ciertos directores de oficina hacia los compañeros que han solicitado una reducción de jornada o se han visto obligados a ella. En algunos casos se les está reclamando a estos compañeros que realicen las mismas horas que hacían antes de la reducción. No estamos dispuestos a aceptar ningún tipo de presión por parte de nadie, para que los empleados realicen su trabajo fuera del horario laboral ya que, como hemos dicho en anteriores circulares, hacer el trabajo de dos personas o hacer un 20% más de la jornada de trabajo que corresponde realizar puede tener como consecuencia el despido de trabajadores.
No olvidéis que BMN siempre interpreta que si alguien saca el trabajo de dos no es que sea el doble de bueno……ES QUE SOBRA UNO.

Palma a 7 de octubre de 2013