Las medidas expuestas para que España acceda al
rescate de su banca aparecen en el memorándum ordenadas cronológicamente según
su plazo de cumplimiento.
Condiciones inmediatas
1. Proporcionar los datos
necesarios para el seguimiento de todo el sector bancario y de los
bancos de especial interés debido a su naturaleza o condición sistémica. Deberá
cumplirse durante todo el programa, empezando a partir de finales de julio. Se
informará semanalmente de depósitos y posiciones de liquidez.
2. Preparar con la Comisión Europea los
planes de reestructuración o liquidación necesarios para los bancos
del Grupo 1 (según sus necesidades de saneamiento estarán distribuidos en
grupos del 0 al 3), teniendo en cuenta las pruebas de estrés y a tiempo para
permitir su aprobación por parte de la Comisión en noviembre. Julio-mediados de agosto
3. Finalizar la propuesta para
la mejora y armonización de los requisitos de divulgación para
todas las entidades de crédito en las áreas clave de sus carteras, como los
créditos reestructurados, refinanciados y la concentración sectorial. Finales
de julio
4. Proporcionar a los
consultores la información que requieran para las pruebas de estrés,
incluyendo los resultados de la revisión de la calidad de los activos. Mediados
de agosto de 2012.
5. Introducir la legislación para
llevar a cabo los Subordinated Liability Exercises, es decir,
cargar pérdidas sobre los accionistas y tenedores de bonos, como las
participaciones preferentes. Finales de agosto de 2012
6. Actualizar el marco
de liquidación de bancos, es decir, reforzar las competencias de
liquidación que tienen el FROB y el fondo de garantía de depósitos. Finales de
agosto de 2012
7. Preparar un plan integral y
un marco legislativo para la creación y el funcionamiento de la compañía de
gestión de activos (AMC en inglés, el llamado banco
malo). Finales de agosto
Condiciones para la segunda mitad del año
8. Completar las pruebas
de resistencia individuales a todos los bancos (los llamados test
de estrés). Segunda quincena de septiembre.
9. Finalizar una propuesta de
reglamentación para mejorar la transparencia de los bancos.
Finales de septiembre.
10. Los bancos con
déficit de capital significativo llevarán a cabo los Subordinated
Liability Exercises, es decir, cargarán pérdidas sobre accionistas,
tenedores de preferentes y deuda subordinada. Antes de las inyecciones de
capital, entre octubre y diciembre.
11. Los bancos deben elaborar
planes de recapitalización para indicar cuáles son sus necesidades de
capital. Principios de octubre.
12. Presentación de los planes
de reestructuración o liquidación de los bancos del Grupo 2 a la Comisión Europea.
Octubre de 2012.
13. Identificar las
posibilidades para mejorar las áreas en las que el Banco de España
puede emitir directrices vinculantes o interpretaciones (su papel de
supervisor), sin otorgar poderes regulatorios. Finales de octubre 2012.
14. Llevar a cabo una revisión
interna de los procesos de supervisión y toma de decisiones. Proponer
cambios en los procedimientos con el fin de garantizar la adopción a tiempo de
medidas correctivas para afrontar los problemas detectados en una etapa
inicial, gracias a equipos de inspección in situ. Finales de octubre
de 2012.
15. Adoptar la legislación para
el establecimiento y funcionamiento del banco malo, con el fin
de que esté plenamente operativo en noviembre de 2012. Otoño 2012.
16. Someter a consulta con los
interesados que proceda las mejoras previstas en el registro de crédito.
Finales de octubre.
17. Elaborar propuestas para el fortalecimiento
de las entidades de intermediación financiera no bancarias, incluyendo
la financiación del mercado de capitales y capital de riesgo. Mediados de
noviembre.
18. Proponer medidas para
fortalecer las normas de idoneidad para los órganos rectores de las cajas de
ahorros e introducir requisitos de incompatibilidad con respecto a los
órganos de gobierno de las cajas de ahorros y bancos comerciales
antiguos controlados por ellos. Finales de noviembre.
19. Proporcionar una hoja de
ruta (incluidas las excepciones justificadas) para la posible
cotización en Bolsa de los bancos incluidos en los test de
estrés que se hayan beneficiado de las ayudas estatales en el marco
del proceso de reestructuración. Finales de noviembre.
20. Preparar la legislación
que aclare el papel de las cajas de ahorros en su calidad de accionistas de las
entidades de crédito, con el fin de reducir sus participaciones a
niveles que no impliquen control. Proponer medidas para fortalecer las normas
de idoneidad para los órganos rectores de las cajas de ahorros e introducir
requisitos de incompatibilidad con respecto a los órganos rectores de los
antiguos bancos de ahorro y los bancos comerciales controlados por ellos.
21. Los bancos deben
proporcionar previsiones estandarizadas de sus balances trimestrales,
tanto aquellas que han recibido ayudas como las que tienen necesidades de
capital según se haya revelado en los test de estrés individuales de
septiembre. A partir del 1 de diciembre.
22. Presentar un documento
normativo sobre la modificación de la estructura de provisiones
para cuando expire la aplicación de los reales decretos 2/2012 y 18/2012.
Mediados de diciembre 2012
23. Emitir Cocos (bonos
convertibles, títulos de deuda sujetos a una serie de condiciones que, en caso
de que no se cumplan, se convierten en acciones) para los bancos del grupo 3
que planeen una ampliación significativa de capital (más del 2% de los activos
ponderados por riesgo). Finales a diciembre de 2012.
24. Transferir las facultades de
sanción y licencias del Ministerio de Economía al Banco de España.
Finales de diciembre.
25. Exigir a las instituciones
de crédito que revisen, y si es necesario, preparen y ejecuten
estrategias para hacer frente al deterioro de activos. Finales de
diciembre.
Condiciones para cumplir en 2013
26. Exigir que todas las
instituciones de crédito españolas que tengan al menos un 9% de capital
considerado de alta calidad (Tier-1), al menos hasta fines del 2014.
Exigir que todas las instituciones de crédito españolas a apliquen la definición
de capital establecida en el Reglamento sobre Requisitos de Capital (CRR) para
calcular sus requerimientos mínimos de capital según lo establecido en la
legislación de la UE.
1 de enero de 2013.
27. Revisar la normativa
de gobierno del FROB y asegurarse de que los banqueros en activos no
sean miembros de los órganos rectores de este organismo. 01 de enero 2013.
28. Revisar los problemas
de concentración de crédito y de transacciones con partes
relacionadas. Mediados de enero 2013.
29. Proponer una legislación
específica para limitar la venta por parte de los bancos de
instrumentos de deuda subordinados a clientes minoristas no
calificados y mejorar sustancialmente el proceso de venta a los clientes
minoristas de todos los instrumentos que no estén cubiertos por el fondo de
garantía de depósitos. Finales de febrero 2013.
30. Modificar la legislación
para mejorar el registro de crédito. Finales de marzo de 2013.
31. Elevar los requerimientos de
capital a los bancos que planeen un aumento de patrimonio más limitado (de
menos del 2% de los activos ponderados por riesgo). Finales de junio de 2013.
32. Los bancos del Grupo 3 con
Cocos deben presentar planes de reestructuración. Finales de
junio de 2013
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